Bares, restaurantes y discotecas insisten en la necesidad de que se apruebe una ley que permita tomar temperatura a clientes 

 

La Agencia Española de Protección de Datos ya instó al Gobierno a promover la aprobación de una ley que lo habilite ya que la temperatura corporal se considera un dato personal

 

La posibilidad de tenerse que aprobar mediante Ley Orgánica podría retrasar su aprobación ya que afectaría a tempos y a pactos entre partidos políticos

Cuando en algunas partes de España los locales de restauración ya se encuentran abiertos al público tanto en su interior como en terraza (fase 1 terrazas al 50% y fase 2 interior al 40%) y en unos 15 días algunas zonas ya podrían llegar la fase 3, fase en la que los locales de ocio nocturno podrán abrir -en prinicipio-, al 30% de su aforo, cada vez son más los locales que se ponen en contacto con nuestra organización preguntándonos si podrán tomar la temperatura a sus clientes con el objetivo de evitar la propagación del coronavirus e incluso muchos de ellos nos informan de que ya han comprado los aparatos para proceder a su toma en los accesos del local.

Desde SPAIN NIGHTLIFE, patronal estatal del ocio nocturno que engloba en su seno  bares, restaurantes, bares de copas, beach clubs y discotecas y similares, con asociaciones y federaciones adheridas en Madrid, Valencia, Cataluña, Ibiza e Islas Canarias, visto este movimiento por parte del empresariado del sector, ya solicitamos en fecha 9 de mayo al Ministerio de Sanidad, en su condición de mando único en materia sanitaria durante el estado de alarma y en la gestión de la desescalada, que pusiera en marcha los trámites (proyecto de ley) para en su día dar cobertura legal a la posibilidad de tomar la temperatura a clientes antes de que accedan a un local, si el empresario considera conveniente hacerlo, ya sea a través de termómetros de infrarrojos o de cámaras térmicas.

Sin embargo, la respuesta del Ministerio de Sanidad fue muy vaga y nada concreta, ya que se nos remitió a consultar Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional.

Habida cuenta de la respuesta recibida, SPAIN NIGHTLIFE ha optado por reiterar su petición, por lo que ha mandado una nueva misiva al Ministerio de Sanidad solicitándole que, a la mayor brevedad, el Gobierno tenga a bien poner en marcha los mecanismos necesarios (proyecto de ley) que permitan en su día la aprobación de una ley que legalice la posibilidad de tomar la temperatura a clientes pues a fecha de hoy sigue siendo algo que contraviene la Ley Orgánica de Protección de Datos y el Reglamento Europeo

En opinión de Joaquim Boadas, secretario general de SPAIN NIGHTLIFE, “este tema no es baladí, puesto que si los locales están por la labor de hacer cuanto puedan para evitar la propagación del virus en sus locales el Estado tiene que darles todos los mecanismos posibles para que lo puedan hacer. Por ello, desde nuestro sector nos mostramos preocupados, a la fecha en que nos encontramos, por la falta de un instrumento normativo que nos permita poder tomar la temperatura a nuestros clientes, pues hoy por hoy no se les podría tomar ni tan siquiera contando con su consentimiento ya que el mismo, según la Agencia Española de Protección de Datos se encontraría viciado al ser éste un factor determinante a la hora de decidir si esa persona puede acceder o no al local. Por esta razón estamos insistiendo tanto en la necesidad de que se apruebe esta ley”

Debate acerca de si dicha habilitación debe aprobarse por ley ordinaria o ley Orgánica ya que afecta a mayorías

Queda totalmente claro que la habilitación de la posibilidad de que un empresario o sus empleados puedan tomar la temperatura a una persona antes de acceder a su local debe ser por ley y así lo dejó claro también la Agencia Española de Protección de Datos. Sin embargo, según los expertos en la materia, la duda se plantea a la hora de saber si es necesaria una ley ordinaria o bien una ley orgánica.

En palabras de Albert Casas, director de Censor Consulting y experto en compliance y protección de datos “la respuesta al asunto no es algo pacífico. Si fuera precisa una ley orgánica ello requeriría la mayoría absoluta del Congreso, que el texto se remitiera al Senado y debería volver al Congreso para su ratificación de nuevo en su conjunto. Si en cambio tan solo fuera precisa una ley ordinaria tan solo se precisaría la mayoría simple en el Congreso y que el Senado no introdujera vetos ni enmiendas. Ello es un tema preocupante pues, a la urgencia del tema, debe añadírsele la posible dificultad a la hora de sumar consensos y mayorías para su aprobación, lo que podría retrasar mucho tiempo su aprobación. Queda claro pues que es precisa la aprobación de una ley, ahora faltará saber si se precisa una ley orgánica u ordinaria.  

Los empresarios de restauración y ocio nocturno, implicados en la lucha contra la propagación del virus

Los empresarios de restauración y ocio nocturno de nuestro país, están pues totalmente implicados en contribuir de una forma activa a contener la propagación del virus después de abrir sus locales y, por este motivo, desde incluso antes de que se anunciaran las fechas de la desescalada desde nuestra asociación ya nos encontramos promoviendo medidas de protección de la salud de nuestros clientes y trabajadores y, en este sentido hace más de un mes, juntamente con la Asociación Internacional de Ocio Nocturno, ya lanzamos un distintivo sanitario internacional que lleva por nombre “Sanitized Venue (Local higienizado), el cuál ya ha sido implementado en varios locales de España y se está implementando en locales de otros países. Su implementación requiere, entre otras medidas, la toma de temperatura a clientes, con el objetivo de protegerla salud de clientes y trabajadores. Sin embargo, esta toma de temperatura a clientes sí que se puede llevar a cabo en otros países pero en España, por el momento, ello no sería posible.

Para más información pueden llamar a los teléfonos 902-099.500 o 670.703.370.